¿Qué puede pasar si al divorciarnos tenemos hijos?

¿Qué puede pasar si al divorciarnos tenemos hijos?

Uno de los desafíos más grandes ante una instancia de divorcio en la que hay hijos menores de por medio es lograr ponerse en su lugar. Resulta más común de lo que creemos, el intentar lastimar a nuestro excónyuge mediante la toma de decisiones en las que quienes resultan más perjudicados que ninguna otra persona son nuestros hijos.

Cuando un matrimonio se termina, ¿qué ocurre con nuestros hijos? ¿Qué opciones tenemos? Abordaremos todo esto a continuación.

Elementos que caracterizan al divorcio cuando hay hijos en común

En el momento de presentar la demanda de divorcio, hay ciertos puntos que deberán decidirse. Cuanto más lo haya hablado la pareja y a la mayor cantidad de puntos de acuerdo que hayan llegado, mejor será para todos, especialmente para los más pequeños. Dichos aspectos son:

  • Guarda y custodia
  • Pensión por alimentos
  • Régimen de visitas
  • Uso de la vivienda
  • Gastos extraordinarios

Guarda y custodia: existen cuatro tipos de guarda y custodia. Elegirla dependerá de las características, necesidades y posibilidades, de la familia:

  • Monoparental
  • Compartida
  • Partida
  • Ejercida por un tercero

Monoparental: uno de los progenitores se queda con la custodia de los hijos. Este conserva el uso de la vivienda familiar y recibe la pensión por alimentos. El otro progenitor tiene derecho de visita, de estancia (llevarse a los niños durante varios días, que se queden a dormir en su domicilio en fines de semana alternos y durante la mitad de las vacaciones de estos), así como también de comunicación ilimitada.

Compartida: esta modalidad de custodia ante el divorcio ha llegado para sustituir a la monoparental cada vez con mayor frecuencia. Podríamos decir que está en su fase experimental y no siempre se la considera la mejor para los hijos. Mientras que cuando los niños son muy pequeños el contacto con ambos progenitores debería ser balanceado, a medida que se acercan a la adolescencia a los once años, los estudios psicológicos han demostrado que la estabilidad es primordial. Desde el abordaje legal, la custodia compartida consiste en que los padres tomen las decisiones con respecto a sus hijos en igualdad de condiciones y que los menores pasen períodos alternos con sus progenitores. Lo más habitual es mitad de la semana con cada uno de ellos, pero estos períodos de tiempo pueden alargarse y convertirse en una semana con cada uno, una quincena, un mes, dos, tres o lo que sea que los padres acuerden y/o el juez apruebe. A su vez, los niños pueden tener un domicilio fijo y ser los padres quienes se trasladen a él o bien pasar el tiempo en los respectivos domicilios de sus progenitores.

Partida: puede ser solicitada o decidida por el juez cuando hay un mínimo de dos hijos. Unos hijos quedan a cargo de un progenitor y otros a cargo del otro progenitor.

Ejercida por un tercero: es la menos común de todas las custodias, ya que ninguno de los padres de los menores quedan a cargo de ellos. Cuando el juez la determina, es porque considera que es lo mejor para los hijos. Las personas a las que generalmente se les atribuye tal custodia son los abuelos, familiares cercanos o amigos que consientan hacerse cargo de los niños. Para que el juez llegue a una decisión tal, debe haber existido maltrato, abandono de familia, incapacidad para hacerse cargo de los hijos o cuestiones similares y de fuerza mayor.

La pensión por alimentos en el divorcio

La paga el progenitor no custodio y el destino de esta es cubrir los gastos de alimentación, vivienda, vestimenta, asistencia médica y educación de sus hijos. Los padres pueden decidir el importe de común acuerdo o, en caso de que no se llegue a este, será el juez quien lo fije.

Régimen de visitas

Se estipula en favor del progenitor no custodio. No tiene máximo, ya que puede ser libre y sin restricciones, pero siempre tiene un mínimo.

Uso de la vivienda

Queda a favor del progenitor que no obtenga la custodia una vez quede efectivizado el divorcio. Si la custodia es compartida y quienes tienen domicilio fijo son los hijos, el uso de esta se alterna entre ambos progenitores.

Gastos extraordinarios

Existen gastos que no forman parte de los estipulados mensualmente. Por ejemplo, si los niños deben comenzar un tratamiento psicológico, asistir a clases con un logopeda, ponerse gafas u ortodoncia, son gastos que no formaban parte de aquello que se consideró para fijar la pensión por alimentos. Por lo tanto, debe acordarse quién se hará cargo de ellos. Si bien lo más habitual es que los progenitores los paguen mitad cada uno de ellos, hay situaciones en las que el porcentaje cambia o que uno de ellos es quien se hace cargo de su totalidad.

Herencias

LA DESHEREDACIÓN: QUÉ ES, REQUISITOS Y CAUSAS

Nuestro ordenamiento exige que parte de la herencia de una persona, denominada la legítima, debe ir destinada necesariamente a sus herederos forzosos, normalmente sus descendientes.