¿Cómo debo hacer para liquidar mi sociedad?

Cómo debo hacer para liquidar mi sociedad

Cómo debo hacer para liquidar mi sociedad

Nuestro despacho de abogados en Madrid te da las claves.

Liquidar una sociedad significa que esta dejará de existir por medio de proceso conocido como extinción de la empresa, lo que deriva en que esta se desvanezca del tráfico jurídico. A los efectos de llevar a cabo este proceso de la forma más adecuada posible, puesto que hay muchos pasos a seguir y hay una importante serie de variables que puede surgir en el proceso, es fundamental contar con el apoyo de un abogado en Madrid.

¿En qué casos se recomienda proceder a liquidar la sociedad comercial?

La liquidación de la sociedad es la alternativa más conveniente cuando se ha decidido cerrar un emprendimiento comercial y proceder al cese de su actividad de manera definitiva. Cuando una sociedad es liquidada, no solo se extinguen sus actividades comerciales y jurídicas, sino que también llegan a su fin sus obligaciones. Un abogado en Madrid es quien podrá llevar a cabo este complejo proceso que requiere de la intervención de diversos actores del Derecho.

Disolución de la empresa

La disolución de la empresa puede ser tanto el paso previo como el simultáneo a la liquidación de la sociedad. Sea como sea, no se puede liquidar una sociedad sin antes haber disuelto la compañía.

Cuando estos dos procedimientos se realizan en instancias separadas, debemos tener muy presente que la disolución de la empresa no significa bajo ningún concepto que la sociedad se haya liquidado ni que el vínculo entre los socios se haya extinguido.

La disolución de una sociedad se encuentra enmarcada en el Real Decreto Legislativo 1/2010, del 2 de julio, el cual contempla las siguientes causas posibles por las que una sociedad se puede disolver, las cuales detallamos a continuación:

  • Por acuerdo de la Junta General de Socios
  • Por causa legal o estatutaria
    • Imposibilidad de llevar a cabo el fin social
    • Reducción del patrimonio negó a amenos de la mitad del capital social debido a pérdidas
    • Cese del ejercicio
    • Causas diversas establecidas en los estatutos
    • Paralización de los órganos sociales
    • Reducción del capital a menos del mínimo legal
  • Por causa de pleno derecho
    • Finalización del término estipulado en los estatutos
    • Haber transcurrido un año desde que se adoptó el acuerdo para reducir el capital a una cantidad menor del mínimo legal.

Para que la disolución de la sociedad termine de procesarse y sea válida, deberá intervenir un notario, quien realizará una escritura pública y se procederá a inscribir la disolución en el Registro Mercantil.

Pasos a seguir en la liquidación de la sociedad

Para proceder con la liquidación de la sociedad, previamente debe haberse disuelto la empresa que la sostenía. Los pasos a seguir para proceder a liquidarla son:

  • El administrador cesa en su cargo para que puedan nombrarse los liquidadores de la sociedad. Estos pueden ser nombrados por la Junta General o figurar en el estatuto.
  • Los liquidadores toman el lugar del administrador.
  • Los liquidadores pasan a estar a cargo de proteger la integridad de patrimonio social mientras no es repartido aún. A su vez, los liquidadores realizarán el balance final y el inventario, llevarán a cabo las operaciones inherentes a la liquidación de la sociedad, pagarán las deudas sociales, percibirán los créditos sociales y venderán los bienes de la sociedad.
  • La razón social de la sociedad pasará a incluir la frase “en liquidación.”
  • Se hará un balance de inventario de la empresa con la misma fecha en que se produjo la disolución.
  • Celebración de la junta general de socios para aprobar el balance final y proponer la forma de dividir el haber social. Tu abogado en Madrid será la pieza clave para que logres los mayores beneficios que la ley tenga contemplados para la liquidación de una sociedad.
  • Inscripción en el Registro Mercantil mediante escritura pública. Ante un notario, se hará la escritura pública que haga constar la cancelación de los asientos registrales de la sociedad. Una vez completado este paso, la sociedad habrá quedado extinta a la totalidad de sus efectos.
  • Tributación de la liquidación. El último paso consiste en pagar el Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, pagándose a cada socio el 1 % correspondiente a la cuota de liquidación.

Para que este proceso de tanta complejidad resulte exitoso, será una muy buena idea contar con un abogado en Madrid que te represente.

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