Herencias de Extranjeros en Madrid: Doble Imposición, Convenios Internacionales y Sucesiones Transfronterizas

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Herencias internacionales en Madrid: claves legales para evitar errores y pagar menos impuestos

Las herencias con elementos internacionales son cada vez más frecuentes en Madrid, especialmente cuando intervienen ciudadanos extranjeros, residentes no nacionales o bienes situados en distintos países. En estos casos, no solo se aplican normas españolas, sino también reglamentos europeos, convenios internacionales y criterios fiscales complejos que pueden generar conflictos, retrasos o incluso doble tributación si no se gestionan correctamente.

Comprender cómo funciona una sucesión transfronteriza en España es esencial para proteger el patrimonio heredado y cumplir con todas las obligaciones legales sin pagar más impuestos de los necesarios.


Qué es una herencia internacional o transfronteriza

Se considera herencia internacional aquella en la que existe un elemento extranjero relevante, como por ejemplo:

  • El fallecido tenía nacionalidad extranjera

  • El fallecido residía fuera de España

  • Existen bienes en varios países

  • Los herederos viven en distintos Estados

En Madrid, este tipo de herencias son habituales debido al elevado número de residentes internacionales y de inversiones extranjeras en inmuebles.


Qué ley se aplica a una herencia de extranjero en Madrid

Desde la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Sucesiones, la norma general es clara:

  • Se aplica la ley del país donde el fallecido tenía su residencia habitual

  • El testador puede elegir en testamento que se aplique la ley de su nacionalidad

Esto significa que un ciudadano extranjero residente en Madrid puede quedar sujeto al derecho español, salvo que haya elegido expresamente otra legislación.

Este punto es clave porque afecta directamente a aspectos como:

  • Reparto de la herencia

  • Derechos de los herederos forzosos

  • Validez del testamento


Doble imposición en herencias internacionales

Uno de los principales problemas en herencias de extranjeros en Madrid es la doble imposición, es decir, pagar impuestos en dos países por la misma herencia.

Esto puede ocurrir cuando:

  • España grava la adquisición por el heredero residente

  • Otro país grava los bienes situados en su territorio

Cómo se evita la doble imposición

España tiene firmados convenios internacionales para evitar la doble imposición en materia de sucesiones con determinados países. Estos acuerdos permiten:

  • Evitar pagar dos veces por los mismos bienes

  • Aplicar deducciones por impuestos ya abonados en el extranjero

  • Determinar qué país tiene prioridad para gravar la herencia

Cuando no existe convenio, se aplican mecanismos internos como deducciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aunque no siempre eliminan completamente la doble carga fiscal.


Fiscalidad de herencias en Madrid para extranjeros

En la Comunidad de Madrid existe una bonificación muy relevante en el Impuesto sobre Sucesiones:

  • Bonificación del 99% para familiares directos (grupo I y II)

  • Aplicable tanto a residentes como, en muchos casos, a no residentes de la UE

Sin embargo, la situación cambia según:

  • Residencia del heredero

  • Ubicación de los bienes

  • Existencia de normativa europea aplicable

Por ello, es fundamental analizar cada caso concreto para aplicar correctamente las ventajas fiscales disponibles.


Sucesiones transfronterizas en la Unión Europea

Dentro de la UE, el Reglamento Europeo de Sucesiones simplifica muchos procedimientos:

  • Permite unificar la ley aplicable

  • Facilita el reconocimiento de resoluciones entre países

  • Introduce el Certificado Sucesorio Europeo

Este certificado permite acreditar la condición de heredero en distintos países sin necesidad de iniciar múltiples procedimientos judiciales.

No obstante, Reino Unido, Irlanda y Dinamarca no aplican este reglamento, lo que complica las herencias relacionadas con estos países.


Formalización consular y trámites internacionales

En muchas herencias internacionales es necesario realizar gestiones ante consulados o autoridades extranjeras, como por ejemplo:

  • Otorgamiento de poderes notariales en el extranjero

  • Legalización o apostilla de documentos

  • Traducciones juradas

  • Coordinación entre notarios de distintos países

Una mala gestión en esta fase puede retrasar la aceptación de la herencia durante meses o incluso años.


Problemas habituales en herencias de extranjeros en Madrid

Los errores más frecuentes que se detectan en este tipo de sucesiones son:

  • No determinar correctamente la ley aplicable

  • Pagar impuestos duplicados por desconocimiento

  • No aprovechar bonificaciones fiscales en Madrid

  • Testamentos incompatibles entre países

  • Falta de planificación internacional

Estos problemas pueden evitarse con asesoramiento especializado desde el inicio.


Cómo planificar correctamente una herencia internacional

Para evitar conflictos legales y fiscales, es recomendable:

  • Revisar o redactar un testamento adaptado a normativa internacional

  • Analizar la residencia fiscal del causante y herederos

  • Estudiar los convenios de doble imposición aplicables

  • Coordinar la gestión entre países

  • Contar con asesoramiento legal especializado en Madrid

Una buena planificación puede suponer un ahorro muy significativo en impuestos y evitar largos procedimientos.


FAQ – Herencias de extranjeros en Madrid

¿Debe pagar impuestos en España un heredero extranjero?

Sí, si recibe bienes situados en España o si es residente fiscal en España, deberá tributar por el Impuesto sobre Sucesiones.

¿Se puede elegir la ley aplicable a la herencia?

Sí, mediante testamento se puede optar por la ley de la nacionalidad del fallecido.

¿Qué ocurre si hay bienes en varios países?

Cada país puede gravar los bienes situados en su territorio, aunque los convenios internacionales pueden evitar la doble imposición.

¿Se aplica la bonificación de Madrid a extranjeros?

En muchos casos sí, especialmente para residentes en la UE, pero es necesario analizar cada situación concreta.

¿Qué es el Certificado Sucesorio Europeo?

Es un documento que permite acreditar la condición de heredero en varios países de la Unión Europea sin necesidad de trámites adicionales.


Contacto y asesoramiento especializado

Si necesita gestionar una herencia internacional en Madrid o quiere evitar problemas de doble imposición, es fundamental contar con asesoramiento experto desde el inicio.

Puede contactar directamente con Martín Aranda en el teléfono 917 06 24 16 o consultar más información en la página Abogado Herencias – Bufete Martín Aranda.

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