Acoso Laboral

El acoso conocido también a través del término inglés mobbing: ‘asediar’, ‘acosar’, es tanto la acción de un hostigador u hostigadores conducente a producir miedo, terror, desprecio o desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador.(wikipedia)

El acoso puede ser de dos tipos:

  1. Acoso de los puestos superiores, a través de un jefe o los superiores o el equipo directivo que puede ser provocado para conseguir, por ejemplo, la baja voluntaria del trabajador, o por venganza personal de ese jefe o esa persona superior en el orden jerárquico sobre la persona a la que se le está realizando el acoso.
  2. Acoso entre los compañeros de trabajo de la empresa del mismo nivel en la posición laboral, que puede ser derivado por envidias, venganzas personales, conflictos laborales o lucha por aspirar a un puesto similar

Para saber si somos víctimas de acoso laboral se pueden contemplar diferentes situaciones que puedan estar sucediendo como separación y aislamiento del resto de los compañeros, realizar trabajos de inferior categoría a los que se supone que debe realizar su puesto de trabajo o la disminución de la carga de trabajo o todo lo contrario la sobrecarga excesiva de trabajo. También negativa a todas las solicitudes que se pidan, la imposibilidad de poder comunicarse con tus superiores, desprestigio de todos los trabajos realizados y por supuesto, insultos, ofensas verbales, amenazas, intimidación…

Qué hacer

Lo más importante es si se da este caso es reunir pruebas. No se puede hacer una denuncia sin recoger antes todos los datos y pruebas que demuestren que se está siendo víctima de un acoso laboral.

Si no se quiere denunciar se pueden hacer tres cosas:

  1. Denuncia ante la inspección de trabajo.
  2. Comprobar que en el Convenio Colectivo de su empresa hay un protocolo frente al acoso.
  3. Denunciarlo al Comité de Empresa si la empresa tiene una representación sindical.

Si quiere directamente denunciar los pasos a seguir son más específicos teniendo en cuenta si se tiene que ir por lo Penal, por Procedimiento Judicial.

En cualquiera de los casos lo recomendable es no dejarlo pasar y sobre todo contratar a un abogado que le ayude en el 100% del procedimiento.

Herencias

LA DESHEREDACIÓN: QUÉ ES, REQUISITOS Y CAUSAS

Nuestro ordenamiento exige que parte de la herencia de una persona, denominada la legítima, debe ir destinada necesariamente a sus herederos forzosos, normalmente sus descendientes.